Páginas

22 oct 2012

Incongruencias de nuestras leyes

«¿Cuándo puede decidir una menor?»




Sucesos como los acaecidos este fin de semana en la pedanía albacetense del Salobral vienen, una vez más, a poner en evidencia algunas de las contradicciones que tiene nuestra legislación. En el informativo de Antena3 aparecía desgarrada de dolor la madre de Almudena, la menor muerta a manos del hombre de 40 años con el que salía, mientras gritaba a los agentes de la guardia civil allí presentes: "¡Tantas patrullas ahora que está muerta y ninguna cuando yo denunciaba lo que estaba pasando!".
Quizá, si como gritaba ésta madre, la autoridad hubiera intervenido en su momento hoy no estaríamos lamentando estos sucesos; pero difícilmente podía intervenir si nuestro sistema penal permite las relaciones a una menor de trece años con un mayor si son libremente aceptadas por ésta, tal y como ocurría en el caso nos ocupa.
La misma incongruencia presentan nuestras leyes cuando permiten a una niña de esa edad acudir a un centro de urgencias y solicitar la píldora del día después sin necesitar el consentimiento paterno. Es incomprensible pues, que para conducir un coche o votar en unas elecciones, se requiera tener cumplidos los dieciocho años, mientras que para decidir sobre asuntos que ponen en peligro su integridad y salud personal se reconozca la autonomía a edades tan tempranas.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

¡Bienvenido al RENDRIJERO!

¡Gracias por tus comentarios!
Se respetuoso y opina libremente. Tu comentario será revisado y publicado en unas horas.

Ponerse en contacto con el Rendrijero